A. ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN
DEL ESTADO DE GUATEMALA
a. Régimen político electoral.
En Guatemala el régimen político electoral comprende lo
relativo a ciudadanía y voto, siendo estos los deberes y derechos establecidos
en el ordenamiento jurídico de observancia para los ciudadanos, organizaciones
políticas, refiriéndose a participaciones políticas y comités cívicos,
autoridades, autoridades y organizaciones políticas electorales entendiendo que
se refiere al TSE, al Registro de ciudadanos, juntas electorales, postulación e
inscripción de candidatos, propaganda, proselitismo, votación, fiscalización,
resultados y fallos cometidos dentro de un proceso electoral.
1.
Antecedentes de la regulación electoral:
1.1
20 de diciembre de 1881; a través de un decreto
gubernativo no. 403
1.2
1923; reforma al Dto. Gob. Anterior con nuevo Dto.
Gob. No. 848
1.3
1926; reforma al Dto. Gob. Anterior con nuevo Dto.
Gob. No. 935
1.4
30 de mayo de 1931; se emite el Dto. No. 1738, el cual
contenía la primera ley electoral
1.5
1945; al promulgar la Constitución se incluye por
primera vez lo relativo al Régimen Electoral, estableciendo en su artículo 33
que: “los guatemaltecos tienen el derecho de organizarse en partidos políticos,
los cuales debían inscribirse de acuerdo con la ley electoral”
1.6
3 de diciembre de 1985; la ANC emitió el Dto. No.
1-85, el cual contiene la Ley Electoral y de Partidos Políticos, la cual ha
sido reformada mediante los Decretos 51-87, 74-87, 55-90, 10-04 y 26-2016
2.
El sufragio: es un derecho ciudadano con ciertas
limitaciones. Se caracteriza como deber y derecho político inherente a la
ciudadanía; es universal, secreto, único, personal e indelegable.
3.
Tipos de sistema electoral: se basa en la formación de
mayorías aun a costa de posibles desproporciones en la relación votos
vs curules. Con este se garantiza una base sólida de apoyo al gobierno
y para ello se basa en el principio de que la mayoría determina la asignación
de puestos.
3.1
Mayoritario: utilizado en Guatemala, contemplado en
artículos 201-202 C.P.R.G.
3.2
De representación proporcional: tiene por objeto
establecer una relación de proporcionalidad entre los votos y los escaños.
Descansa en el principio del pluralismo, lo cual implica que todo cuerpo
legislativo debe dar cabida a las ideas, intereses y necesidades de la
comunidad. En este sistema los candidatos no se postulan aisladamente, sino
mediante una lista que presente cada partido, resultando electos según el porcentaje de
los votos obtenidos.
b. Régimen administrativo.
Este régimen es capaz y pretende establecer un ordenamiento
eficaz del país a través de la división, la descentralización y la autonomía de
los elementos terrenales que componen el país, tales como las regiones, los
departamentos, los municipios, entre otros. Esto, con el propósito de que las
administraciones de los recursos del Estado sean distribuidas de manera viable
y eficaz, procurando prevenir, sancionar y erradicar cualquier tipo de
malversación o delito en el manejo los recursos del pueblo.
Elementos:
1.
Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural:
2. Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural
3. Gobernadores
4. Consejo departamental
5.
Aporte
financiero del gobierno central a los departamentos
6. Registro General de la Propiedad
7. Región metropolitana
c. Régimen de control y fiscalización.
Es un régimen que como tal pretende recaudar, recuperar y
administrar los bienes económicos relacionados con los organismos del Estado,
los municipios, entidades descentralizadas y de cualquier otra persona que
reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.
Todo este régimen está manejado por la Contraloría General de
Cuentas.
d. Régimen financiero.
Está regido por la Ley Orgánica del Presupuesto, y consiste
en lograr que durante el ejercicio fiscal los fondos sean los necesarios, sin
complicaciones en el manejo de los mismos.
e. Régimen militar.
El Ejército de Guatemala, es una institución destinada a
mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad
del territorio, la paz y la seguridad interior y exterior.
Es único e indivisible, esencialmente profesional, apolítico,
obediente y no deliberante.
Está integrado por fuerzas de tierra, aire y mar.
Su organización es jerárquica y se basa en los principios de
disciplina y obediencia.
f. Régimen municipal.
Regula todas las actuaciones de las municipalidades, que son
las encargadas de mantener a flote su territorio, principalmente porque, son
las municipalidades las que están más cercanas a la población, el medio más
directo para hacer valer los derechos sociales que nuestra Carta Magna otorga.
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